ARTÍCULO 18: EL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA

  • Rosa Mentxaka Universidad del País Vasco
Palavras-chave: Religión, Libertad religiosa, Derechos humanos

Resumo

El texto, partiendo del artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, exponer los principales textos jurídicos que a nivel internacional, europeo y estatal han desarrollado este artículo. Tras una breve exposición histórica referida sólo a algunos de los antecedentes existentes en la cultura jurídica europea, el artículo se centra en la exposición cronológica del contenido del derecho a la libertad religiosa en documentos internacionales de distinta naturaleza jurídica (desde declaraciones adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas hasta Pactos o Convenios Internacionales). Tras comenzar por la Declaración Universal (1948), se sigue con el Convenio para la protección de los Derechos y las Libertades Fundamentales (1950), el Pacto internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones (1981), para concluir el apartado dedicado a la Regulación Internacional con la referencia existen a la libertad religiosa en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000). Otro apartado importante se dedica al tratamiento del tema en la Constitución española, que recogió dicho derecho fundamental así como a su desarrollo posterior en la ley Orgánica de Libertad religiosa (1980). De este conjunto de disposiciones puede deducirse que en el Estado español los textos normativos proclaman sin ningún género de dudas la libertad religiosa garantizándola tanto a las personas individuales como a las Confesiones sin más limitaciones que las necesidades del orden público establezcan. Ello se concreta en el máximo respeto tanto a la creencia interna (reconocimiento de un ámbito íntimo de creencias) como a la manifestación externa (que permite a los ciudadanos actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros) así  como a la no creencia y su expresión. Además, la relación entre el Estado y las Confesiones religiosas está basada en dos elementos: la separación del Estado de las Confesiones y la neutralidad positiva que implica la intervención de los poderes públicos mediante actividades encaminadas a hacer efectivo ejercicio de la libertad a todos por igual2. Ahora bien, la aplicación práctica de esta legislación ha dado lugar en algunas ocasiones a un régimen dispar por lo que se ha reivindicado por parte de la doctrina la necesidad de una nueva regulación que no produzca trato discriminatorio ni entre las personas ni entre las Confesiones religiosas como tal.​

Referências

APARICIO PÉREZ, M. A., “La cláusula interpretativa del artículo 10.2 de la Constitución Española, como cláusula de integración y apertura constitucional a los derechos fundamentales”, Jueces para la democracia, 6 (1989) 9-18.

BLÁZQUEZ, J. M., “El cristianismo religión oficial del Imperio”, Historia 16, XXI (1997) 56-65.

BRIONES MARTÍNEZ, I. M., Análisis general de la normativa estatal y autonómica sobre inmigración en España. Inmigración, cultura y factor religioso. Difusión jurídica, Madrid, 2007 y AAVV, (Dir. GARCÍA GARCÍA, R.), La libertad religiosa en las Comunidades Autónomas. 25 años de su regulación. Institut d’Estudis Autonòmics, Barcelona 2008.

CALVO-ÁLVAREZ, J., Orden público y factor religioso en la Constitución española. Universidad de Navarra, Pamplona 1983.

CARRETERO SÁNCHEZ, S., “Orden público y Poder político ante el fenómeno intercultural religioso: la dificultosa neutralidad del Estado”, Actualidad administrativa, 5 (2011) 575ss.

CARRILLO SALCEDO, A., “Algunas reflexiones sobre el valor jurídico de la Declaración Universal de Derechos Humanos”, AAVV., (Coord. PÉREZ GONZÁLEZ, M.), Hacia un Nuevo Orden Internacional y Europeo. Homenaje al Profesor Manuel Díez de Velasco, Tecnos, Madrid 1993, 167-178.

CARRILLO SALCEDO, J. A., “Notas sobre el significado político y jurídico de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea”, Revista de Derecho Comunitario Europeo, 5, 9 (2001) 7-26.

CASTRO JOVER, A., «El desarrollo de la libertad religiosa a partir de la Constitución de 1978: breves consideraciones acerca de la firma de los acuerdos con las minorías religiosas», AAVV, (Coords. REINA, V. – FÉLIX BALLESTA, M. A.), Congreso Internacional de Derecho Eclesiástico del Estado (7º. 1994. Barcelona). Acuerdos del Estado español con las confesiones religiosas minoritarias: actas del VII congreso internacional de Derecho Eclesiástico del Estado, Barcelona 1994, Marcial Pons, Madrid 1996, 523-536.

CASTRO JOVER, A., “La tutela de la libertad religiosa en la Unión Europea y su incidencia en el Ordenamiento interno español”, AAVV, (Coords. BARRANCO AVILES, M. C., - CELADOR ANGÓN, O. y VACAS FERNÁNDEZ, F.), Perspectivas actuales en las fuentes del Derecho, Dykinson 2011, Madrid 2011, 98ss. y TAYLOR, P. M., Freedom of Religion: UN and European Human Rihgts Law and Practice, Cambridge University Press, Cambridge 2005, 7ss.

CASTRO JOVER, A., “Laicidad y actividad positiva de los poderes públicos”, Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 3(2003) accesible en: http://www.iustel.com/v2/revistas/detalle_revista.asp?id=2&numero=3.

DUNN, R. S., The Age of Religious Wars 1559-1715, 2. Ed., W.W. Norton & C., New York 1979.

ENSSLIN, W. Die Religionspolitik des Kaisers Th. des Grossen, (SBAW 1953,2) München 1953.

FERNÁNDEZ UBIÑA, J., “Constantino y el triunfo del Cristianismo en el Imperio Romano”, AAVV., (Coords. STOMOMAYOR, M. – FÉRNANDEZ UBIÑA, J.), Historia del Cristianismo. 1. El mundo Antiguo. Editorial Trotta, Madrid 2003, 329ss.

FERREIRA GALGUERA, J., Protección jurídico penal de la religión, Universidade da Coruña, La Coruña 1998.

JONG, C. D. de, The freedom of thought, conscience and religion or belief in the United Nations (1946-1992), Intersentia-Hart, Oxford 2000.

JOSEPH, S.- SCHULZ, J. - CASTÁN, M., International covenant on civil and political rights: Cases, commentary and materials, 2. Ed., Oxford U. Press, Oxford 2005.

KAMEN, H., La inquisición española. Una revisión histórica. 2. Ed., Crítica, Barcelona 2004.

LIBERTAD. La libertad religiosa en España a los veinte años de su Ley orgánica /España. Ministerio de Justicia, Ministerio de Justicia, Madrid 1999.

LLAMAZARES, D., Derecho eclesiástico del Estado, 9.ed., Ariel, Barcelona 2008.

LLAMAZARES FERNÁNDEZ, D., Derecho de la libertad de conciencia. Vol. I. Conciencia, tolerancia y laicidad, 4. ed., Thomson Civitas, Cizur Menor 2011, 34 ss.

LLAMAZARES FERNÁNDEZ, D., - LLAMAZARES CALZADILLA, M. C., Derecho de la Libertad de Conciencia. Vol. II, Conciencia, identidad personal y solidaridad, 4. Ed., Civitas, Cizur Menor 2011.

LLAMAZARES FERNÁNDEZ, D.- SUÁREZ PERTIERRA, G., “El fenómeno religioso en la nueva Constitución española. Bases de su tratamiento jurídico”, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, 61(1980) 7-34; AAVV, (Ed. MARTÍNEZ-TORRÓN, J.), Estado y religión en la Constitución Española y en la Constitución Europea, Comares, Granada, 2006.

LÓPEZ CASTILLO, A., La libertad religiosa en la jurisprudencia constitucional, Aranzadi, Cizur Menor 2002; La libertad religiosa en el Tribunal Constitucional y en el Tribunal Supremo (1979-2004). Ministerio de Justicia. Madrid 2005.

MARTÍN-RETORTILLO BAQUER, L., “El orden público como límite al derecho de libertad religiosa”, AAVV, (Coord. RAMÍREZ JIMENEZ, M.), El desarrollo de la Constitución española de 1978. Libros Pórtico, Zaragoza 1982, 111-143.

MARTÍN SÁNCHEZ, I., “La protección de las libertades de conciencia, religiosa y de enseñanza en la Unión Europea”, Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 2 (edición electrónica).

MARTÍNEZ-TORRÓN, J., “Los límites a la libertad de religión y de creencia en el Convenio Europeo de Derechos Humanos”, Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 2 (2003) edición electrónica en http: //wwww.iustel.com.

MORSINK, J., The Universal Declaration of Human Rights. Origins, drafting, and intent, University of Pennsylvania Press, Philadelphia 1999.

NOWAK, M., UN Covenant on Civil and Political Rights, 2. Ed., N.P. Engel Publishers, Kehl, 2005.

OLMOS ORTEGA, E., “La tutela de las entidades religiosas en el Código Penal de 1995”, Cuadernos Constitucionales de la Cátedra Fadrique Furió Ceriol, 2ª. época, 17 (1996) 137-146.

ORAÁ, J. - GÓMEZ ISA, F., La Declaración Universal de Derechos Humanos. Un Breve Comentario en su Cincuenta Aniversario, Universidad de Deusto, Bilbao 1998.

PALOMINO, R., “Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas: el concepto legal de confesión religiosa en la LOLR y la doctrina”, Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 19 (2009) cit., en: http://www.iustel.com/v2/revistas/detalle_revista.asp?id=2&numero=19.

PANARA, C., “Lautsi v. Italy”: The Display of Religious Symbols by the State”, European public law, 17/1 (2011) 139-168.

PAREJO GUZMÁN, M. J., “Reflexiones sobre el asunto Lautsi y la jurisprudencia del TEDH sobre símbolos religiosos: hacia soluciones de carácter inclusivo en el orden público europeo”, en Revista de Derecho Comunitario Europeo, 37 (2010) 865-895.

PAREJO NAVAJAS, T., “La carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea”, Derechos y Libertades. Revista del Instituto Bartolomé de las Casas, 22 (2010) 205-239

PARKER, G., La guerra de los Treinta Años, Crítica, Barcelona 1988.

POLO SABAU, J. R., La naturaleza jurídica de las confesiones religiosas en el derecho constitucional español, Serv. Publicaciones Universidad de Málaga, Málaga 2008.

PONS RAFOLS, X. (Cord.), La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Comentario artículo por artículo. Icaria. Barcelona 1998, así como la abundante bibliografía recogida en: http: //www2.ohchr.org/english/issues/education/training/docs/UDHR_Bibliography.pdf.

RAMÍREZ NAVALÓN, R. M., “La protección penal del derecho de libertad religiosa: valoración crítica de su regulación en el vigente Código Penal de 1995”, Estudios Jurídicos en Memoria del Profesor Dr. D. José Ramón Casabó Ruíz, Universidad de Valencia, Valencia 1997, 655-670.

ROSSELL, J., “El concepto y contenido del derecho de libertad religiosa en la doctrina científica española y su incidencia en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”, Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, 15 (1999) 87-128.

RUIZ MIGUEL, C., (Coord.), Estudio sobre la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Universidad de S. de Compostela, Santiago de Compostela 2004.

SOUTO GALVÁN, E., El reconocimiento de la libertad religiosa en Naciones Unidas, Marcial Pons, Madrid y otras, 2000.

SOUTO GALVÁN, B., El reconocimiento estatal de las entidades religiosas, Universidad Complutense, Madrid, 2000.

STOFFEL VALLOTTON, N., “La adhesión de la Unión Europea al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales: evolución de la cuestión, previsiones y posibles consecuencias”, AAVV., (Coord. MARTÍN y PÉREZ DE NANCLARES, J.), El Tratado de Lisboa: la salida de la crisis constitucional: Jornadas de la Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional AEPDIRI-celebradas en Madrid el 17 y 18 de diciembre de 2007, Portal Derecho S. A., Madrid 2008, 179-198.

SULLIVAN, D. J., “Advancing the freedom of religion or belief through the UN declaration on the elimination of religious intolerance and discrimination”, American Journal of International Law, 82, 3 (1988) 487-520.

TAYLOR, P. M., Freedom of Religion: UN and European Human Rihgts Law and Practice, Cambridge University Press, Cambridge 2005, 7ss.

TOMUSCHAT, C., “Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos”, en http://untreaty.un.org/cod/avl/pdf/ha/iccpr/iccpr_s.pdf.

TOSCANO, M. , “La lezione di Strasburgo: i casi Lombardi Vallauri e Lautsi”, Il Diritto ecclesiastico, 120/3-4 (2009) 505-540.
Publicado
30-04-2013
Como Citar
Mentxaka, R. (2013). ARTÍCULO 18: EL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA. Revista Jurídica Da FA7, 10(1), 45-56. https://doi.org/10.24067/rjfa7;10.1:567