TY - JOUR AU - Antonio Fernández de Buján PY - 2009/04/30 Y2 - 2024/03/28 TI - REFLEXIONES A PROPOSITO DE LA REALIDAD SOCIAL, LA TRADICIÓN JURÍDICA Y LA MORAL CRISTIANA EN EL MATRIMONIO ROMANO ( I ) JF - Revista Jurídica da FA7 JA - Rev. Jur. FA7 VL - 6 IS - 1 SE - Artigos DO - 10.24067/rjfa7;6.1:232 UR - https://periodicos.uni7.edu.br/index.php/revistajuridica/article/view/232 AB - El matrimonio como toda institución que tiene una tradición de siglos es un producto histórico. Constituye la expresión en cada época de una moral y de unos usos sociales, en la que se refl ejan, si bien en una mayor medida en unas etapas que en otras, las tensiones, equilibrios, resistencias y oscilaciones, que las nuevas realidades o los cambios de mentalidad en una parte del universo social, producen en la valoración intrínseca de la institución, así como en el juego de fuerzas contrarias que aspiran a su conservación o remodelación. Sólo desde la interpretación de las fuentes de conocimiento que conforman la experiencia histórica que supuso la clásica, y siempre latente, tensión entre una concepción laica y secularizadora del matrimonio y otra concepción propia de una moral sacralizada y canónica, podrá procederse con fundamento a una adecuada valoración de la realidad presente, de su regulación jurídica y, en su caso, a su eventual reforma. El modelo matrimonial que caracteriza, en buena medida, en sus diferentes perspectivas, la denominada tradición de pensamiento occidental europeo y americano, tiene sus principales fuentes en el Derecho romano y en el Derecho canónico . Pero sentada esta afi rmación, que parece tener un carácter indubitable, no se ponen de acuerdo los autores sobre el papel y el grado de infl uencia ejercido por cada una de éstas. Se llegado incluso a afi rmar por algunos autores que la institución del matrimonio romano constituye la más grande de las creaciones de su genio jurídico, frente a otros estudiosos que, ubicados en el polo opuesto, opinan que es el matrimonio la institución en la que más se ha echado en falta el genio jurídico de Roma. ER -